CANON DIGITAL
Es la tasa que se aplica sobre equipos y soportes
electrónicos de uso masivo como móvil, MP3 y MP4, memorias USB, CD, DVD o
discos duros externos para compensar los derechos de propiedad intelectual que
los creadores dejan de percibir por la práctica de la copia privada.
Es una excelente idea aplicar esta ley en el país y en todo
el mundo porque es cierto y verídico que los derechos a la propiedad
intelectual no son muy respetados, las leyes aunque traten de proteger los
derechos al copyright, siempre hay un alto porcentaje de distribución ilegal.
Los dispositivos móviles entre otros tienen un gran consumo
en el mercado, y es la imponencia tecnológica lo que obliga a que haya esta
gran variedad y consumismo a través de ellos se hacen copias y se reparte la información
que estos a su vez pueden almacenar y por esa redistribución de información no
se paga ningún precios o ninguna garantía que limite que se haga uso de una distribución
ilegal ya sea de documentos o de propiedades intelectuales.
Esto solo aplicaría para dispositivos como:
MP3
MP4
USB
CD
DVD
Entre otros.
Pero entrados ya en el tema esta ley aunque no
se ha aprobado en Colombia, no se puede asegurar si tendría un resultado
positivo, si va a surgir efecto contra el copyright. Por qué aunque se pague en
parte por el uso y la distribución que se le vaya a dar a la información que maneje, es
algo que solo va a ser de uso personal y eso también no incurriría contra el
derecho de la privacidad de la persona.
LEY DE DESPERDICIOS ELECTRONICOS
(RAEE)
Esta ley se basa en
algunos aparatos eléctricos como baterías, celulares, computadores llamados pos consumo. Que han llegado al final
de su vida útil y necesitan ser separados de la basura común para darles un
trato especial.
Estos residuos contienen cantidades mínimas de materiales
peligrosos. Sustancias tóxicas como plomo, cadmio, cromo, mercurio, selenio,
cobalto y arsénico pueden ser encontrados en tarjetas de circuitos, monitores,
interruptores, baterías de computadores portátiles, etc. http://www.elheraldo.co
Por ello estos
necesitan ser tratados en lugares especializados, para su correcto manejo para
evitar que estos ocasionen lesiones al medio ambiente si no se les da el debido
trato que requiere pueden terminar
desechados en el agua, en el suelo o al
aire libre y así ocasionarían daños al medio ambiente y a la salud.
Para manejar
esta ley de desperdicios considero que se debe de hacer un contrato oficial con
los distribuidores alternos, con los que la empresa hace los repuestos de los
aparatos que ya son de uso obsoleto, que ellos redirijan la mercancía entregada
y de una constancia que estos aparatos lleguen a donde deben de ir a parar. Así
evitamos que se le dé el cuidado al
medio ambiente que queremos y nos dure un poco más, ya que nuestra inconsciencia está acabando con él.
DERECHOS
DE AUTOR
Los derechos de autor son unas normas jurídicas
que protegen la propiedad intelectual de la creación de una obra artística, literaria,
musical o científica entre otras. Estas leyes se crean para la protección de la
propiedad intelectual de una persona para que no se haga uso de estas sin el consentimiento
de su autor.
Aunque exista la ley todavía hay un
alto porcentaje de copyright y de distribución y falsificación de obras, sin el
conocimiento y mucho menos el consentimiento de su propietario, porque se
declara propietario al que hace de su idea al funcional y lo registra bajo su
nombre y sus términos.
En un estudio reciente de las casas disqueras con un
porcentaje del 45% se sitúa en la falsificación de copias ilegales y el 75% del
software que usan para originar las copias es ilegal, está entre un 70% y
80% los artistas afectados por este modo de trabajo de algunos, por lo
cual ellos no se benefician ni se les genera regalías ni tasas por las copias ilegales que se
vendan.
El alcance de las obras a nivel internacional está regido por el
Convenio de Berna que establece un plazo mínimo de 50 años después de la muerte
del autor para hacer uso de sus obras.
En cuanto a este tema es muy delicado como lo trata la ley y la legislación, esto ha generado polémicas
en el mundo.
Se calcula que en Latinoamérica
66% de obras vendidas son copias ilegales por ello se han generado
demandas contra los copyright en el mundo
ya que este es un hecho que se realiza en todos partes y en cada país.
RIESGOS EN LOS SITEMAS DE
INFORMACION
Estos son posibilidades de vulnerar un sistema de información y
obtener de ellos información privada y protegida de una empresa o de una
sistema de información aunque si es cierto todo en la vida tiene un riesgo y/o
amenaza, lo importante es tomar medidas contra esas situaciones y proteger al máximo lo que no debe de ser de uso público a todo
el mundo.
No es solo el riego a que se infiltren donde no se debe también hay
riesgos contra daños de los equipos y dispositivos que se utilicen en el
trabajo.
Hay diferentes tipos de riesgos:
Ø
Riesgos de Integridad
Ø
Riesgos de Relación
Ø
Riesgos de Acceso
Ø
Riesgos de Seguridad
Ø
Riesgos de Utilidad
Ø
Riesgos de Infraestructura
Todas estas son formas de vulnerar un sistema
de información, porque estos dejan de ser amenazas cuando ya se entra en ellos
cuando ya se logra filtrar la información y se procede a hacer daños graves.
Estos
riesgos se enfocan al inapropiado acceso a sistemas, datos e información. Estos
riesgos abarcan: Los riesgos de segregación inapropiada de trabajo, los riesgos
asociados con la integridad de la información de sistemas de bases de datos y
los riesgos asociados a la confidencialidad de la información. Los riesgos de
acceso pueden ocurrir en los siguientes niveles de la estructura de la
seguridad. http://auditoriadesistemas.galeon.com