miércoles, 30 de octubre de 2013

CANON DIGITAL

Es la tasa que se aplica sobre equipos y soportes electrónicos de uso masivo como móvil, MP3 y MP4, memorias USB, CD, DVD o discos duros externos para compensar los derechos de propiedad intelectual que los creadores dejan de percibir por la práctica de la copia privada.
Es una excelente idea aplicar esta ley en el país y en todo el mundo porque es cierto y verídico que los derechos a la propiedad intelectual no son muy respetados, las leyes aunque traten de proteger los derechos al copyright, siempre hay un alto porcentaje de distribución  ilegal.
Los dispositivos móviles entre otros tienen un gran consumo en el mercado, y es la imponencia tecnológica lo que obliga a que haya esta gran variedad y consumismo a través de ellos se hacen copias y se reparte la información que estos a su vez pueden almacenar y por esa redistribución de información no se paga ningún precios o ninguna garantía que limite que se haga uso de una distribución ilegal ya sea de documentos o de propiedades intelectuales.
Esto solo aplicaría para dispositivos como:
   MP3
   MP4
   USB
   CD
   DVD
   Entre otros.

Pero entrados ya en el tema esta ley aunque no se ha aprobado en Colombia, no se puede asegurar si tendría un resultado positivo, si va a surgir efecto contra el copyright. Por qué aunque se pague en parte por el uso y la distribución que se  le vaya a dar a la información que maneje, es algo que solo va a ser de uso personal y eso también no incurriría contra el derecho de la privacidad de la persona.


LEY DE DESPERDICIOS ELECTRONICOS (RAEE)

Esta ley se basa en algunos aparatos eléctricos como baterías, celulares, computadores  llamados pos consumo. Que han llegado al final de su vida útil y necesitan ser separados de la basura común para darles un trato especial.
Estos residuos contienen cantidades mínimas de materiales peligrosos. Sustancias tóxicas como plomo, cadmio, cromo, mercurio, selenio, cobalto y arsénico pueden ser encontrados en tarjetas de circuitos, monitores, interruptores, baterías de computadores portátiles, etc. http://www.elheraldo.co
Por ello estos necesitan ser tratados en lugares especializados, para su correcto manejo para evitar que estos ocasionen lesiones al medio ambiente si no se les da el debido trato que requiere  pueden terminar desechados  en el agua, en el suelo o al aire libre y así ocasionarían daños al medio ambiente y a la salud.
Para manejar esta ley de desperdicios considero que se debe de hacer un contrato oficial con los distribuidores alternos, con los que la empresa hace los repuestos de los aparatos que ya son de uso obsoleto, que ellos redirijan la mercancía entregada y de una constancia que estos aparatos lleguen a donde deben de ir a parar. Así evitamos que se le dé  el cuidado al medio ambiente que queremos y nos dure un poco más, ya que nuestra inconsciencia  está acabando con él.




DERECHOS DE AUTOR


Los derechos de autor son unas normas jurídicas que protegen la propiedad intelectual de la creación de una obra artística, literaria, musical o científica entre otras. Estas leyes se crean para la protección de la propiedad intelectual de una persona para que no se haga uso de estas sin el consentimiento de su autor.
Aunque exista la ley todavía hay un alto porcentaje de copyright y de distribución y falsificación de obras, sin el conocimiento y mucho menos el consentimiento de su propietario, porque se declara propietario al que hace de su idea al funcional y lo registra bajo su nombre y sus términos.
En un estudio reciente de las casas disqueras con un porcentaje del 45% se sitúa en la falsificación de copias ilegales y el 75% del software que usan para originar las copias es ilegal, está entre  un 70% y  80% los artistas afectados por este modo de trabajo de algunos, por lo cual ellos no se benefician ni se les genera regalías  ni tasas por las copias ilegales que se vendan.
El alcance de las obras a nivel internacional está regido por el Convenio de Berna que establece un plazo mínimo de 50 años después de la muerte del autor  para hacer uso de sus obras. En cuanto a este tema es muy delicado como lo trata la ley  y la legislación, esto ha generado polémicas en el mundo.

Se calcula que en Latinoamérica  66% de obras vendidas son copias ilegales por ello se han generado demandas contra los copyright en el mundo  ya que este es un hecho que se realiza en todos partes y en cada país.



  



RIESGOS EN LOS SITEMAS DE INFORMACION

Estos son posibilidades de vulnerar un sistema de información y obtener de ellos información privada y protegida de una empresa o de una sistema de información aunque si es cierto todo en la vida tiene un riesgo y/o amenaza, lo importante es tomar medidas contra esas situaciones y proteger al máximo  lo que no debe de ser de uso público a todo el mundo.
No es solo el riego a que se infiltren donde no se debe también hay riesgos contra daños de los equipos y dispositivos que se utilicen en el trabajo.

Hay diferentes tipos de riesgos:
Ø Riesgos de Integridad
Ø Riesgos de Relación
Ø Riesgos de Acceso
Ø Riesgos de Seguridad
Ø Riesgos de Utilidad
Ø Riesgos de Infraestructura

Todas estas son formas de vulnerar un sistema de información, porque estos dejan de ser amenazas cuando ya se entra en ellos cuando ya se logra filtrar la información y se procede a hacer daños graves.


Estos riesgos se enfocan al inapropiado acceso a sistemas, datos e información. Estos riesgos abarcan: Los riesgos de segregación inapropiada de trabajo, los riesgos asociados con la integridad de la información de sistemas de bases de datos y los riesgos asociados a la confidencialidad de la información. Los riesgos de acceso pueden ocurrir en los siguientes niveles de la estructura de la seguridad.   http://auditoriadesistemas.galeon.com